Poner en funcionamiento los juzgados de Primera Instancia en lo Contravencional y de Faltas Nros. 28, 29, 30 y 31, a partir del 1 de abril de 2006
Poner en funcionamiento los juzgados de Primera Instancia en lo Contravencional y de Faltas Nros. 28, 29, 30 y 31, a partir del 1 de abril de 2006
Poner en funcionamiento los juzgados de Primera Instancia en lo Contravencional y de Faltas Nros. 28, 29, 30 y 31, a partir del 1 de abril de 2006
Buenos Aires, 27 de diciembre de 2005